Luis Pedro Gracieta, DKV Seguros: «El aumento de las pólizas de salud no nos ha supuesto un aumento de trabajo»

por Redacción

En los medios de comunicación especializados en el sector asegurador, es habitual encontrarnos con la opinión de abogados que, dentro de reconocidos despachos profesionales, se dedican a la defensa de los intereses de las compañías de seguros. Sin embargo, es más difícil encontrar ese mismo protagonismo en los abogados que prestan sus servicios dentro de sus departamentos jurídicos, a pesar de su elevado conocimiento tanto de la normativa aplicable como de los criterios judiciales más recientes, por no hablar de su experiencia en la gestión interna de las compañías.

Hoy tenemos el placer de hablar con Luis Pedro Gracieta, quien gracias a haber desarrollado la mayor parte de su carrera profesional como letrado interno de DKV Seguros, nos cuenta cómo ha evolucionado un sector tan competitivo y exigente como este, cuáles son las principales reformas legales que en su opinión deberían acometerse, sin olvidar hablarnos de su pasión por la docencia.

 

Tras toda una vida profesional como abogado de Seguros DKV, ¿cómo ha vivido los profundos cambios que se han producido durante estos años en el sector del seguro?

Entre otros cambios importantes que también me tocó vivir desde el departamento legal de DKV puedo mencionar la entrada en vigor de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil o la puesta en circulación del Euro en 2002. Después de eso, se puede decir que uno desarrolla la habilidad de afrontar las reformas legislativas con tranquilidad (otros dirían que con paciencia) y espíritu de trabajo. De modo que, contando con una Ley de Contrato de Seguro de 1980 bastante robusta (todavía goza de buena salud, aunque con achaques propios de la edad) como eje de referencia, las reformas que hemos vivido de las leyes de ordenación de los seguros, de las de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, y de las de mediación, no han supuesto nada distinto de lo que es inherente a nuestra profesión: la actualización permanente.

Aparte de los cambios legislativos, la evolución del sector asegurador como negocio, vista con la perspectiva del tiempo, resulta, cuando menos, interesante si no apasionante. Hemos pasado de las viejas pólizas en papel autocalco a la contratación digital actual. Y, junto a los seguros tradicionales, hemos visto nacer seguros de última generación adaptados a las nuevas tecnologías como los seguros UBI, ya sean del tipo pay per use o pay how you use (pay how you drive, pay as you live, etc.), o los seguros on demand (o seguros «on/off»); la integración de la domótica y el IoT en los hogares, o de la conectividad remota e inteligente en los automóviles, posibilitan, por ejemplo, que el seguro de salud o la oferta de servicios por parte de las aseguradoras se perfeccionen y multipliquen. Por esa razón, cada vez más aseguradoras buscan socios tecnológicos para crear soluciones innovadoras, para adquirir capacidades críticas en la continuidad de su negocio, acelerar sus esfuerzos de digitalización y diferenciar sus ofertas, sin tener que asumir las grandes inversiones de tiempo y de capital que la creación de esas nuevas capacidades internas requiere, y eso representa un escenario de alianzas distinto del tradicional puramente económico.

Es un salto que da vértigo, pero que lo estamos efectuando sin traumas. Esas nuevas formas de aseguramiento todavía no están debidamente reguladas (la ciencia avanza más deprisa que el legislador) por lo que operar con ellas en el marco normativo actual supone un reto profesional, como digo, interesante.

¿Y cómo ha evolucionado DKV? La compañía ha dejado de ser un seguro de salud para ampliar su gama de servicios a sus mutualistas.

Si bien es verdad que nuestro buque insignia y lo que nos diferencia de la competencia son los seguros de salud (tanto en sus modalidades de asistencia sanitaria, como de reembolso y subsidio), la compañía, y su grupo en conjunto, lleva muchos años trabajando también en otros ramos, tales como accidentes y hogar, por ejemplo (y en seguros de vida a través de Ergo Vida), tratando de ofrecer un servicio lo más completo posible a nuestros clientes.

En este punto quiero señalar que últimamente DKV está apostando por el ramo de decesos como segunda línea de negocio, ramo en el que además está incluyendo muchas novedades de negocio responsable: por ejemplo, DKV es la primera compañía en incluir la posibilidad de optar por un funeral ecológico («ecofuneral»). También ha incluido en las pólizas de decesos servicios adicionales como la atención al duelo, o servicios relacionados con el ramo de salud.

Aquí no puedo dejar de mencionar el Bosque Memorial: en 2020, 768 de nuestros clientes fallecieron a causa de la COVID-19 y, en el primer aniversario de la declaración del Estado de Alarma, DKV Seguros plantó un árbol en recuerdo de cada uno de ellos. Fue en El Bruc, Barcelona, repoblando una zona de 4 hectáreas que fue arrasada por un incendio en 2015. De cada árbol, se colgó una tarjeta de papel semilla con una frase de sus familias.

Por otra parte, DKV está comprometida con la innovación responsable de sus seguros, con cláusulas como la póliza de salud vitalicia o la no subida de precio por uso en las pólizas individuales de salud.

Y también está apostando muy fuerte por la digitalización y la telemedicina para facilitar las gestiones de los clientes y acercarles lo más posible la asistencia sanitaria, pero sin perder la cercanía y calidez para quien quiera seguir optando por el contacto tradicional.

Dentro de ese marco entraría la búsqueda de nuevos socios de negocio (como por ejemplo MasMóvil) y la colaboración con las insurtech.

En la actualidad la digitalización en la contratación de toda clase de productos y servicios es una prioridad para todas las compañías. ¿Cómo se afronta desde la asesoría jurídica de la compañía este fenómeno, tanto en lo que se refiere a la contratación de las pólizas como a la tramitación de los siniestros?

En primer lugar, y como es obvio, dando soporte legal a todas las iniciativas emprendidas por DKV. Nuestro departamento está al día de las innovaciones técnicas y jurídicas que la digitalización comporta y podemos asesorar con eficacia en estos aspectos, incluido el de las alianzas con socios tecnológicos. Durante los momentos de estricto confinamiento de la pandemia, DKV fue capaz de seguir con su actividad y continuó dando servicio a sus clientes, y en eso incluyo al departamento legal, con herramientas innovadoras y equipos informáticos de última generación porque, como he dicho antes, la apuesta de DKV por la digitalización es imparable.

Los dos últimos años se ha producido un importante repunte en la contratación de pólizas de salud, ramo en el que DKV es líder. ¿Cómo afecta esto a su trabajo cotidiano, y a la relación de la compañía con su red de corredores?

Afecta menos de lo que podría parecer, puesto que DKV trata de evitar la conflictividad y, en ese sentido, un aumento de la cartera de salud no ha supuesto un aumento del trabajo de nuestro departamento en la misma proporción.

Respecto de los mediadores, es evidente que un aumento de las ventas tiene que producir también un aumento de las comisiones, por lo que todos salimos beneficiados de esta evolución del mercado.

Pero es que, además, el papel de los agentes se revitaliza y gana en calidad a medida que los clientes utilizan cada vez más los canales digitales. Es palmario que las aseguradoras utilizan de manera creciente los canales digitales, no sólo porque la demanda de los clientes en este sentido está creciendo, sino también para minimizar sus gastos generales de venta y distribución. Podemos comprobar cómo los seguros de automóvil y hogar, por ejemplo, tienen ofertas estandarizadas y sencillas y pueden venderse sin necesidad de interacción humana para explicar los detalles de la póliza. En este contexto, los mediadores están asumiendo nuevas funciones no transaccionales, para proporcionar a los clientes una conexión emocional a medida que el mercado en línea se hace más común para la venta de productos, conexión que, en los ramos de seguros personales, como es del de salud, adquiere todo su sentido y pone de manifiesto la importancia de contar con una buena red de mediadores.

Como asesor jurídico de la compañía habrá vivido de primera mano la evolución que la litigación en materia de seguros ha tenido ante los tribunales de justicia ¿Qué cambios legales o jurisprudenciales considera que son más necesarios?

Haciendo una distinción simple, calificaría los cambios necesarios en dos categorías: los que vendrían a corregir disfunciones que la actual Ley de Contrato de Seguro viene arrastrando y que generan resoluciones injustas; y los que vendrían obligados por los nuevos productos aseguradores.

Sin ánimo de ser exhaustivo, entre los primeros mencionaré solo dos que considero urgentes.

Uno sería la modificación del artículo 20. Que a las aseguradoras se les pueda imponer un interés de demora punitivo del 20% transcurridos dos años desde la producción del siniestro es desproporcionado (ni a los bancos se les impone una sanción semejante). Su origen es puramente histórico: en el año 1980, cuando se aprobó la LCS actual, el tipo de interés preferente, cargado por los bancos a sus mejores clientes, alcanzó un máximo próximo al 20% en abril de 1980, cayó vertiginosamente hasta situarse en el 11 % en agosto de ese mismo año, y ascendió de nuevo al 21,5% a finales de 1980; en ese contexto sí que tenía sentido que los asegurados tuviesen una compensación económica similar a la que obtendrían por tener el dinero de la indemnización en un banco. Hoy en día, cuando casi hay que pagar dinero para que un banco acepte guardártelo, mantener ese artículo tal y como está resulta claramente injusto.

También creo que sería necesario actualizar en varios aspectos los artículos relativos a los seguros de enfermedad y asistencia sanitaria. Acusan el peso de que fueron redactados en una época en la que el seguro de salud ocupaba un nicho de mercado ínfimo y los igualatorios médicos tenían una importancia que, hoy en día, han perdido absolutamente (además de que podríamos cuestionar la naturaleza aseguradora de estos últimos). Estimo que, ante todo, habría que dejar claro que, a diferencia de los igualatorios, las aseguradoras no son hospitales ni médicos (del mismo modo que las aseguradoras de autos, por ejemplo, no son talleres mecánicos), y poner coto a la tendencia consolidada que permite, en caso de presunta negligencia médica, demandar por responsabilidad civil solo a la aseguradora de salud sin demandar al mismo tiempo al médico o al hospital presuntamente negligentes. En este punto bastaría con admitir, por vía de la LCS o por vía de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la posibilidad de una intervención provocada.

Respecto de los cambios obligados por los nuevos productos aseguradores, me gustaría señalar, ante todo, que la actual LCS permite operar con suficientes garantías, gracias al principio de libertad de pactos recogido en ella. Así, por ejemplo, activar o desactivar un seguro a demanda del tomador (la temporalidad ligada al uso es un camino que se está abriendo con fuerza) es un negocio jurídico posible susceptible de ser recogido sin problemas en las condiciones de una póliza.

Sin embargo, otros grados de sofisticación de los productos on demand plantean retos más notables, como es el caso de los productos continuous underwriting, que se alimentan de un flujo permanente de datos sobre la persona o el bien asegurado.

Las reformas necesarias servirían para establecer de qué manera las aseguradoras y los mediadores que distribuyen este nuevo tipo de seguros deben operar salvaguardando las debidas garantías para todas las partes del contrato. Por ejemplo, en un seguro on demand nos encontramos con la dificultad de manejar documentación precontractual y contractual inicialmente digital enviada a una dirección de correo electrónico, pero que, además, tiene que estar disponible en papel. El tomador aceptaría esa póliza mediante firma electrónica, pero, hoy día, la falta de esa firma no se considera barrera de entrada para la validez del contrato (aunque, en caso de disputa, esa falta de firma es una desventaja para la aseguradora).

Sería bueno articular una reforma (probablemente de la mano de la Unión Europea, en el entorno de Solvencia 2 y las previsiones sobre información precontractual y otras protecciones al consumidor de seguros) que permitiese aligerar la carga administrativa de la contratación para ganar en inmediatez, pudiendo vender seguros en un solo «clic», pero manteniendo un equilibrio entre el cumplimiento de los necesarios formalismos precontractuales, contractuales y post-contractuales, sin que se vieran disminuidas las garantías jurídicas ni del cliente ni de la aseguradora.

Se debería dar carta de naturaleza a que la configuración de los pasos en la app, la página web o la contratación telefónica puedan ser herramientas aptas para acreditar ante el regulador o ante los tribunales que el consumidor de seguros ha gozado de las necesarias garantías y que fueron respetados sus derechos y transmitida claramente la información exigida por las leyes.

Debemos adaptar estos nuevos modelos de manera que supongan avances positivos por cimentar un mundo más inclusivo, donde el mero hecho de tener un smartphone pueda ser la llave para adquirir productos y servicios ajustados a nuestras verdaderas necesidades que, de otro modo, serían inaccesibles.

¿Qué actividades principales desarrolla dentro de la asesoría jurídica de la compañía?

En el departamento legal trabajamos una quincena de profesionales, entre legales y paralegales, que, aunque nos distribuimos el trabajo por áreas de especialización preferentes, procuramos participar de forma rotatoria en todo tipo de asuntos, trabajando en equipo, para tener una visión completa de todos los aspectos jurídicos que afectan a la compañía. Dicho esto, mi campo principal de trabajo son los litigios (civiles y contencioso administrativos fundamentalmente, pero también penales y mercantiles) y el asesoramiento jurídico interno en materias troncales tales como la adecuación de nuestros productos, nuevas formas de contratación y campañas comerciales a la legalidad vigente y su actualización en línea con la evolución de la doctrina y la jurisprudencia; y también en los conflictos o controversias que inevitablemente surgen con los diversos órganos de la Administración o con otras compañías y operadores jurídicos.

Además de su faceta como abogado, usted también cultiva la de docente. ¿Qué le aporta desde un punto de vista profesional, y también personal?

Desde el punto de vista profesional es un reto enriquecedor, puesto que te obliga a estar muy al día de cualquier novedad legislativa o jurisprudencial, tanto nacional como internacional. La actualización constante de conocimientos es algo inherente a nuestra profesión, pero cuando tienes que poner a prueba esa faceta frente a alumnos que depositan su confianza en ti para adquirir habilidades que van a condicionar su trabajo futuro, notas el peso de una responsabilidad añadida. Por otra parte, durante el trabajo en clase, los alumnos, que generalmente son colegas jóvenes, te obligan con sus puntos de vista atrevidos y libres de los automatismos propios de la experiencia a ampliar el campo de tus razonamientos. Diría que es un camino de ida y vuelta en el que yo también aprendo de ellos.

Desde el punto de vista personal, que después de dos décadas sigan confiando en nosotros para impartir esta materia, lo primero que siento es agradecimiento: agradecimiento hacia los excelentes colegas que comparten conmigo la docencia; agradecimiento hacia las instituciones que acogen nuestros cursos; y agradecimiento, por supuesto, a todos los alumnos que nos eligieron. Pero, además, esta faceta docente me ha permitido y me permite entablar relaciones de compañerismo e incluso de amistad que son el mayor premio que se puede obtener. Y qué duda cabe de que, si existe una buena relación entre colegas y un conocimiento profundo de la materia con la que trabajamos, la posibilidad de llegar a acuerdos que eviten litigios se acrecienta y redunda en beneficio de nuestros clientes.

Es usted director y profesor del curso «Litigios en materia de contrato de seguro», que se imparte en el Colegio de Abogados de Zaragoza. ¿Qué experiencias y conocimientos adquieren los alumnos?

Me gustaría precisar, en primer lugar, que el curso inició su andadura hace ya muchos años en la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad de Zaragoza, institución en la que maduró y se dio a conocer antes de ser apadrinado con generosidad por el Colegio de Abogados, y Escuela a la que, como he dicho antes, agradezco la confianza que durante todo ese tiempo depositó en nosotros.

El curso comienza con una intensa exposición de los conceptos elementales de la institución del seguro, puesto que, por regla general, apenas se habla de él durante los estudios de grado y es preciso llenar ese vacío. Sin esa base, forzosamente teórica, es imposible comprender cómo funciona el contrato de seguro desde el punto de vista jurídico y, en consecuencia, defender adecuadamente los intereses implicados en un litigio con elemento asegurador. Después de esa inmersión teórica, las clases avanzan mediante la resolución de casos reales; al principio casos sencillos, con planteamientos simplificados, para ir aumentando paulatinamente su dificultad y, en la fase final del curso, practicar una simulación de juicio, con manejo de documentación y pruebas reales, en el que los roles de actor y demandado se asignan por sorteo (para enfatizar que lo importante es cómo afrontar el caso con los elementos de los que cada uno dispone y no quién acierta o no con la solución). El equipo de profesores no pretendemos, por tanto, impartir un mini máster en derecho de seguros, sino poner en manos de los alumnos las herramientas básicas necesarias para defender de manera eficaz un caso en el que un contrato de seguro es un elemento relevante.

También imparte usted la asignatura «Contratos del sector asegurador» en el Máster para el ejercicio de la Abogacía de la Universidad San Jorge. ¿En esta ocasión no se centra en la práctica judicial, sino que pone el acento en las pólizas de seguro?

El planteamiento básico de la asignatura del máster es muy similar al del curso: el hilo conductor es la resolución de casos prácticos, puesto que no debemos olvidar que ambos van dirigidos a perfeccionar la práctica en tribunales, tanto de futuros abogados, como de colegas en ejercicio que quieren ampliar sus conocimientos en esta materia. Sin embargo, en la asignatura del máster ampliamos la base teórica de algunos campos concretos: fiscalidad; protección del consumidor; distribución de seguros y cumplimiento normativo; y ampliamos también el tiempo dedicado al seguro del automóvil, de transportes y Consorcio de Compensación de Seguros.

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